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Autoridad colombiana multó a operadores móviles por violar régimen de portabilidad numérica

En total, el monto de las sanciones asciende a US$ 1,7 millones. Los operadores que recibieron multas más altas fueron Claro y Movistar

Por La República, Colombia / Foto: La República I Publicado: Miércoles 8 de junio de 2022 I 08:52
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La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (SIC) multó por 6.495 millones de pesos colombianos (US$ 1,72 millones) a ocho operadores móviles, por incurrir en violaciones al régimen de portabilidad numérica. Los sancionados son: Claro, Movistar, Tigo, ETB, Virgin Mobile, Móvil Éxito, WOM y Avantel.

La entidad explicó que el año pasado, por cuenta de las reiteradas quejas y denuncias de los usuarios, así como actividades de inspección, inició las investigaciones, que arrojaron que los operadores incurrieron en las siguientes conductas contra la norma mencionada: incumplir los pasos para hacer efectivo el trámite de portación, rechazar solicitudes de portabilidad sin cumplir los requisitos para ellos, no cumplir los plazos y pasos previstos para adelantar el proceso y desconocer el deber de suministrar la información requerida por la autoridad de manera exacta y completa.

Lo anterior, entonces, configura una violación al régimen de portabilidad numérica, en la medida en que se desconoce el derecho de los usuarios a escoger su operador de manera libre, conservando el número de su línea.

Los operadores que recibieron multas más altas fueron Claro y Movistar, que recibieron sanciones de 2.491 millones (US$ 660.000) y 2.076 millones (US$ 550.000), respectivamente. Le siguieron: Tigo, con 916 millones (US$ 240.000); ETB, con 323 millones (US$ 85.000); WOM, con 291 millones; Virgin Mobile, con 208 millones; Avantel, con 139 millones; y Éxito, con 51 millones.

La SIC, buscaba ordenó a todos los operadores "una medida administrativa de carácter inmediato y permanente, con la finalidad de que se abstengan de realizar cualquier tipo de conducta que limite a los usuarios en su derecho de la libre elección de proveedor, de conservar el número de su línea, así como garantizar la continuidad del servicio".

Contra la decisión proceden los recursos de reposición y apelación.

Para mayor información, visita Asuntos Legales de La República.

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