Gobierno de Perú promulga la ley de reforma de pensiones: obligatoriedad, pensión por consumo y se aumenta la edad
Dentro de la norma, se establece una pensión mínima equivalente a 600 soles peruanos (US$ 159). Asimismo se establece una cotización mínima del 13% para el sistema estatal y un 10% para el privado.
El Gobierno de Perú promulgó, este martes, la ley de modernización del sistema previsional peruano, que tiene como objetivo reformar el modelo actual "para que los beneficiarios accedan, de manera progresiva, a pensiones justas".
Dentro de la norma, impulsada por la bancada de Fuerza Popular, se establece una pensión mínima equivalente a 600 soles peruanos (US$ 159) y se reconoce la importancia de la seguridad social en pensiones, "promoviendo la eficiencia, competencia y sostenibilidad del sistema".
La nueva norma da la posibilidad a los ciudadanos de poder elegir entre diferentes gestores de pensiones, porque se fusiona el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), de manera que se garantice la seguridad previsional independiente de su vínculo laboral.
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"La ley estipula que los afiliados al SNP deberán contribuir con un mínimo del 13% de su remuneración mensual. En el caso del SPP, el aporte obligatorio se estructurará en un 10% destinado a la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) y otros porcentajes para cubrir prestaciones adicionales", mencionó el diario oficial.
También se establece un régimen de aportes para los trabajadores independientes: comenzará con una tasa del 2% y aumentará progresivamente hasta llegar a un 5%. La administración de estos aportes estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y de la SBS, según corresponda.
Asimismo, esta nueva reforma fijó la edad de jubilación en 65 años tanto para hombres como para mujeres, "con revisiones periódicas para ajustarla a las condiciones demográficas y laborales del país".
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Pensión por consumo
Entre los cambios, se incluye el tipo de ahorro complementario a través del consumo.
Cada persona que esté o no afiliada a una AFP u ONP (Oficina de Normalización Previsional) tendrá la posibilidad de hacer un aporte voluntario del 1% de sus compras.
Es decir, por cada consumo, puede designar ese porcentaje. Para ser beneficiario, debe tener el comprobante de pago -asociado al nombre del aportante- y no podrán superar los 700 soles (US$ 186) cada compra. En término anual, el máximo es de 41.200 soles (US$ 10.950).
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