ES NOTICIA:

Close

Organismo colombiano inició investigación contra Enel por precios que ofertó en el mercado local de energía

La planta hidroeléctrica de Betania, propiedad de la compañía, tendría un precio de oferta de energía cercano a los 900 pesos colombianos por kWh, incremento tarifario que afectaría directamente a los usuarios finales.

Por La República, Colombia / Foto: La República I Publicado: Miércoles 4 de enero de 2023 I 10:00
Comparte en:

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) inició una investigación administrativa y sancionatoria contra Enel Colombia por los precios de la energía que ofertó en bolsa. La planta hidroeléctrica de Betania, propiedad de la compañía, tendría un precio de oferta de energía cercano a los 900 pesos colombianos por kWh, comportamiento que no obedecería las resoluciones pertinentes.

A modo de contexto, cabe aclarar que, entre el 9 y 28 de diciembre de 2022 el valor de la energía en bolsa aumentó 300 pesos por kilovatio hora, pasando de 200 pesos por kWh a 510 pesos por kWh. Esto representa un incremento de 155%. Ante este panorama, los valores podrían subir hasta los precios de escasez ubicados en 945 pesos por kWh, sin que ninguna entidad regule este tipo de aumentos.

Es importante anotar que, el precio de escasez se refiere al valor máximo que puede pagar la demanda del país por la energía. Con esto, se afectaría directamente a los usuarios finales con incrementos tarifarios similares a los vistos por el aumento del Índice de Precios al Productor (IPP) en el último año.

Según XM, operador del Sistema Interconectado y el administrador del Mercado de Energía Mayorista de Colombia, cuando el precio de bolsa supera el precio de escasez​, se genera una señal de que hay una situación crítica en el sistema y se activa esta norma para regular el precio al que se compra la energía.

Teniendo esto en cuenta, la Superservicios, a través de la Delegada para Energía y Gas Combustible en su ejercicio de seguimiento a los precios de bolsa, advirtió previamente un comportamiento irregular por parte de Enel al incumplir lo señalado en el artículo 6 de la Resolución 055 de 1994 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas Combustible (CREG). En esta se establece que "los precios a los cuales las empresas generadoras ofrezcan diariamente su energía, deben reflejar los costos variables de generación en que estas incurran, y así, para el caso específico de la generación hidroeléctrica, deberán obedecer al costo de oportunidad del agua al momento de generar".

Lee el artículo completo en La República.

Comparte en: