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Congreso de Perú aprueba retiro de hasta US$ 4.700 de los fondos de las AFP

Medida será llevada al Ejecutivo para su aprobación u observación. Primer desembolso se realizará a los 30 días de realizado el pedido.

Por Gestión, Perú / Foto: Gestión I Publicado: Jueves 5 de mayo de 2022 I 15:15
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Con 107 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones el Pleno del Congreso aprobó el retiro de hasta 4 UIT de los fondos de las , monto que llega a los 18.400 soles (unos US$ 4.700)

Luego del debate en el Congreso se llegó a un dictamen conjunto entre las comisiones de Economía y de Trabajo en el cual se acordó el retiro en tres partes de la siguiente manera:

  • Primer desembolso de hasta 1 UIT (4.600): en un plazo máximo de 30 días calendario después de presentar la solicitud ante la AFP.
  • Segundo desembolso de hasta 1 UIT (4.600): En un plazo máximo de 30 días calendario.
  • Tercer desembolso por el restante del monto solicitado de hasta 2 UIT (9.200): En un plazo máximo de 30 días calendario.

La norma indica que “en caso de que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la AFP diez días calendarios antes del desembolso”.

Cabe indicar que, inicialmente la norma estipulaba que solo era para los afiliados al sistema de pensiones que no habían aportado en los últimos tres meses, pero se hizo la modificación al dictamen final.

Además, el texto sustitutorio consensuado mantiene su condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal, embargo, retención o cualquier forma de afectación sea por orden judicial o administrativa.

Sin embargo, no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas a las deudas alimentarias hasta un máximo del 30% de lo retirado.

Antes de esta aprobación, la propuesta ya había sido debatida en las comisiones de Economía y Trabajo, quienes dieron luz verde para el sexto retiro de las AFP.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) determinará mediante procedimiento operativo en un plazo que no excederá en 15 días calendario publicada la ley.

Ahora la medida será evaluada por el Ejecutivo, para su posterior publicación en diario oficial El Peruano y, por ende, su entrada en vigencia.

Para mayor información visita Gestión.

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