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Movistar vs. Claro en Perú: Primera demanda por daños en telecomunicaciones llega a sentencia

En mayo último, el Poder Judicial emitió una sentencia en primera instancia que declaró fundada la demanda de América Móvil (Claro) por daños y perjuicios, ordenando a Telefónica de Perú a pagar una indemnización.

Por Gestión, Perú / Foto: Gestión I Publicado: Viernes 8 de agosto de 2025 I 15:00
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Revés judicial para los nuevos dueños de Telefónica del Perú (operadora de la marca Movistar), Integratel (controlada por la argentina Integra Capital) en un caso que se remonta a más de dos décadas. ¿Qué ocurrió? En mayo último, el Poder Judicial, a través del 36° Juzgado Civil de Lima, emitió una sentencia en primera instancia que declaró fundada la demanda de América Móvil (Claro) por daños y perjuicios, ordenando a Telefónica de Perú a pagar una indemnización. ¿De qué trata la primera demanda por daños en el sector 'telco' con sentencia?

En diálogo con Gestión, el abogado de América Móvil, Adrián Simons, del estudio Simons & De Noriega, detalló que la sentencia del 36° Juzgado Civil de Lima dispone que Telefónica del Perú pague 309.4 millones de soles, además de los intereses legales y costos del proceso a la 'telco' de capitales mexicanos.

Esta cifra equivale a aproximadamente US$ 86.9 millones al tipo de cambio vigente. "Este es un caso de larga data", acotó.

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En efecto, el origen del proceso se remonta al 2002, cuando el regulador, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), impuso una multa que superó el US$ 1 millón a Telefónica del Perú -entonces bajo el control de Telefónica Hispanoamérica de capitales españoles- por incurrir en prácticas anticompetitivas en perjuicio de Telmex (hoy América Móvil que opera la marca Claro),

"La sanción impuesta a Telefónica obedeció a seis conductas anticompetitivas, entre ellas, el desvío internacional de llamadas de Larga Distancia Nacional (LDN) de abonados fijos; la negativa a transportar llamadas de red inteligente desde teléfonos fijos; el bloqueo injustificado al acceso a los números 108 y 109; y la negativa a cursar llamadas desde teléfonos públicos hacia la red fija de Claro", precisó Simons.

Lee la nota completa en la web de Gestión. 

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