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Gobierno de Chile defiende licitación del litio: “Cada adjudicado deberá asumir riesgos”

Subsecretario de Minería, Edgar Blanco, ingresó un informe en medio de las causas judiciales que mantienen suspendido el proceso.

Por Karen Peña, Diario Financiero Chile I Publicado: Miércoles 9 de febrero de 2022 I 10:40
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A pesar de que todo apunta a que la polémica licitación del litio en chile deberá ser definida por el próximo gobierno que asume en marzo, las causas judiciales que han logrado mantener suspendido el proceso desde el 14 de enero siguen activas en la Corte de Apelaciones de Copiapó, con nuevos movimientos.

Tras recibir el rechazo a los recursos de reposición para revertir la medida, el subsecretario de Minería, Edgar Blanco, ingresó este lunes el informe requerido por la instancia conforme a la resolución del 14 de enero.

En uno de los escritos, detalla los pasos en torno al proceso y que la licitación ha sido adjudicada a dos empresas (BYD Chile y Servicios y Operaciones Mineras del Norte), 80 mil toneladas de litio metálico comercializable para cada una, lo que en su conjunto representa sólo el 1,8% de las reservas conocidas en el territorio nacional.

Apunta a la improcedencia del recurso de protección, ya que el acto que se desea impugnar es de carácter administrativo y no hay un acto terminal. Se trata -dijo- de una actuación intermedia o de trámite. Incluso, que se debe contemplar aún el control previo de legalidad ante la Contraloría General de la República.

Y aclara que el decreto no especifica el lugar en que se realizará la exploración, explotación y beneficio de litio ni establece áreas geográficas previamente determinadas. “Esto será parte de lo que determine el contratista una vez que desarrolle el proyecto en particular, y obtenga todos los permisos sectoriales”, dijo.

De hecho, agrega que “cada contratista adjudicado en el proceso, con una cuota cada uno, deberá asumir los riesgos y someter sus proyectos de inversión a las instancias reguladoras respectivas”.

Blanco enfatiza que cada actor deberá obtener la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA), sometiendo el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), “donde necesariamente se deberán llevar a cabo los procesos de participación ciudadana, y de consulta indígena, correspondiendo este último, si el proyecto se emplaza en un área geográfica que pueda generar impactos significativos en comunidades indígenas”.

Así, haciendo un guiño a la acción interpuesta por el gobierno regional de Atacama, dice que en la tramitación de proyectos que puedan causar impactos la ley, ha dispuesto la participación de los gobiernos regionales cuando sea necesario conocer su opinión “en el ámbito de la compatibilidad territorial y de políticas, planes o programas de desarrollo regional”.

Eso sí,“no siendo procedente entender, incluido en tales hipótesis normativas, como pretende el recurrente, el acta de evaluación de ofertas económicas recibidas”.

Estas acciones siguen en la justicia a pesar de que la acción en el Tribunal Constitucional de la Cámara de Diputados no rindió frutos y, además, de que la Contraloría decidiera abstenerse al estar el proceso judicializado.

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