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Milei firma reforma laboral con puntos clave en vacaciones, indemnizaciones, despidos y los "bancos de horas extras"

Al contrario que los borradores previos que circularon, la versión dejó afuera puntos que perjudicaban a los sindicatos, como convenios por empresa y eliminar las cuotas sindicales.

Por El Cronista, Argentina / Foto: El Cronista I Publicado: Jueves 11 de diciembre de 2025 I 13:45
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El Gobierno argentino avanzó con su proyecto de modernización laboral, que ingresó al Congreso con una serie de cambios estructurales enfocados en digitalizar el sistema, reducir litigiosidad y reformular el esquema de indemnizaciones. 

Al contrario que los borradores previos que circularon, la versión dejó afuera puntos que perjudicaban a los sindicatos, como convenios por empresa y eliminar las cuotas sindicales.

El Presidente Javier Milei firmó el proyecto, que ya ingresó al Congreso, luego de volver de Oslo dónde no pudo reunirse con la venezolana Corina Machado, tal como era su objetivo.

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Principales puntos de la Reforma Laboral libertaria

1. Registro laboral digital y simplificación administrativa
El proyecto propone una transformación integral del sistema de registración a través de ARCA, un nuevo organismo que centralizará los datos laborales y de seguridad social.

Esto daría como resultado un registro laboral unificado y 100% digital. Los empleadores deberán inscribir altas, bajas y modificaciones exclusivamente en la plataforma electrónica.

Los recibos de sueldo electrónicos obligatorios y el documento tendrá validez legal automática al ser emitido por el sistema.

En cuanto a los libros y documentación también deberán ser digitalizados, con igual validez que los físicos.

Además, las denuncias por empleo no registrado serán canalizadas directamente ante ARCA, que podrá fiscalizar y reclamar aportes omitidos.

Por otra parte, los certificados laborales digitales se considerarán entregados cuando el empleador los ponga a disposición del trabajador en el sistema.

Según el texto, el objetivo oficial es unificar trámites, reducir costos administrativos y eliminar controversias por documentación.

2. Cambios en vacaciones
La reforma introduce cambios moderados pero significativos en el régimen de vacaciones.

Entre los principales está la reducción de 45 a 30 días el plazo obligatorio con el que la empresa debe notificar la fecha de inicio del período vacacional.

Además, habilita que las vacaciones puedan acordarse fuera del período legal (1 de octubre al 30 de abril) y permite su fraccionamiento en tramos mínimos de siete días corridos, siempre por acuerdo entre las partes.

Por otra parte, establece que cada trabajador deberá tener vacaciones en verano al menos una vez cada tres años, y aclara la reprogramación de días en caso de enfermedad.

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3. Nuevo esquema indemnizatorio: creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
La reforma incorpora el cambio más significativo del proyecto: la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

Entre los puntos claves, y más importantes para el Ejecutivo, está el aporte mensual obligatorio del 3% del salario, depositado en una cuenta individual del trabajador.

El fondo podrá utilizarse para cubrir preaviso, integración del mes de despido, indemnización por antigüedad y otros rubros resarcitorios.

Además, se establece un período de carencia de seis meses antes de poder usarlo. En este sentido, el empleador podrá optar por pagar la indemnización tradicional o utilizar el fondo acumulado.

Por otra parte, las rentas del FAL quedan exentas de Ganancias e IVA, y los empleadores que cumplan con el aporte accederán a una reducción de tres puntos en contribuciones patronales.

Finalmente, se establecen multas severas para quienes utilicen el fondo para fines distintos a los permitidos.

4. Cambios en leyes especiales: casas particulares, agrarios y trabajo a domicilio
El proyecto introduce reformas puntuales en tres regímenes laborales específicos.

Casas particulares

En dicho régimen, se unifican los recibos de sueldo electrónicos en ARCA. También se fija un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas para personal con retiro.

Además, se aclara el régimen de intereses en reclamos judiciales, que seguirá el criterio de la LCT.

Trabajo agrario (Ley 26.727)

La empresa “usuaria” pasa a tener una responsabilidad solidaria limitada, acotada solo al período de prestación efectiva.

Por otra parte, se redefinen aspectos del contrato permanente discontinuo. Además, se habilita el uso del FAL para indemnizaciones del régimen agrario.

5. Cambios en la Ley de Contrato de Trabajo
El proyecto retoca una serie de artículos de la LCT, orientados a actualización normativa y armonización con el sistema digital.

Entre las principales, hay una nueva redacción de las presunciones de falta de registración, ahora vinculadas a los datos que surjan de ARCA.

Se da una actualización del ius variandi, manteniendo los límites tradicionales, pero redefinido en un marco más preciso. Además, se tiene que dar la entrega digital del certificado del artículo 80, que quedará cumplida cuando se encuentre disponible en el sistema.

Finalmente, la extinción del contrato, se aclaran procedimientos formales y se integran al uso del FAL.

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Reforma más "light"

La versión que llegó al Congreso deja atrás varios puntos más disruptivos que circularon en borradores, como el banco de horas, cambios en vacaciones, convenios por empresa o la eliminación de cuotas sindicales obligatorias.

En su lugar, el Gobierno concentró la modernización en digitalización, ordenamiento administrativo, reducción del conflicto laboral y un nuevo sistema de cobertura indemnizatoria.

Lo que quedó afuera de la reforma laboral fue el banco de horas para compensar jornadas, la flexibilización horaria general (extensión de turnos, más horas extra), el fin de la ultractividad de los convenios colectivos; convenios por empresa con prioridad sobre los convenios por actividad; cuotas sindicales voluntarias y eliminación de descuentos automáticos; eliminación de la matrícula obligatoria en colegios profesionales; tickets canasta o vales no remunerativos para alimentos; nuevo estatuto para repartidores de aplicaciones (solo hay una mención general a “plataformas”, sin régimen); derogación o reforma de la ley de teletrabajo; reformas profundas al régimen de jornada (se mantuvieron límites actuales); cambios al derecho de huelga con servicios mínimos obligatorios (solo se incorporaron sanciones por bloqueos); y reducción estructural de aportes y contribuciones más allá del incentivo vinculado al FAL.
Para más información, puedes leer la nota completa en El Cronista.

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